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TRÁMITES LEGALES DE FOODWHEELS:


Un trámite es la gestión que se realiza para obtener un resultado o los formulismos necesarios para resolver un asunto. Habitualmente los trámites se realizan en las administraciones públicas y en menor escala en el sector privado, los mismos son de diversas índoles, el ciudadano tiene que hacer trámites en forma permanente para desenvolverse en una sociedad organizada, es por ello que existen muchos organismos públicos creados a tal fin.



TRÁMITE A REALIZAR

ORGANISMO EN EL QUE HAY QUE LLEVARLO A CABO

DESCRIPCIÓN O FINALIDAD DEL DOCUMENTO, O DEL TRÁMITE QUE HAY QUE HACER

COSTE

Solicitud del certificado de Denominación.

  • Envio por correo certificado (cada correo contendrá una sola certificación)
  • Envio por mensajerío ordinaria.
  • Recogida en la Sede del Registro Mercantil Central (c/ Principe de Vergara, 94 Madrid)
  • Envio por mensajerío contra reembolso.
  • Entrega telemática de la certificación firmada electrónicamente.
Normalmente, el criterio que más utilizamos y que más nos ayuda a distinguir un negocio, es el nombre. Por ello, elegir un buen nombre para un negocio es muy importante, e igualmente debe de cumplir un importante requisito: debe ser único. Por ello, cuando montamos una empresa, hemos solicitar un nombre para la misma en el Registro Mercantil español. Este paso es la solicitud del certificado de denominación social
  • Correo certificado: Arancel + 3,25 € + IVA
  • Envio por mensajería ordinaria: Arancel + 6,38 € + IVA
  • Recogida en la Sede del Registro Mercantil Central:13,94€
  • Envio por mensajerío contra reembolso: Arancel + gastos de envio

Apertura de Cuenta Bancaria

Avenida Industria, 52
28820 Coslada
Teléfono: 916712909
Antes de continuar se deberá abrir una cuenta bancaria a nombre de la empresa de la cual se obtendrá el dinero necesario para cada acción empresarial. Aquí se debe ingresar un capital inicial (mínimo de 3000€).
Hemos elegido este banco principalmente porque está situado próximo a la nave donde estarán nuestros vehículos, almacén y secretarios/as, los cuales posiblemente tengan que ir habitualmente a realizar trámites, y por lo tanto, si el lugar es cercano será más cómodo y económico.
Haremos un ingreso inicial de 100000€.
10€

Redacción de Estatutos y firma de Escritura de Constitución.

Notaría Varela Escudero
Calle del Guadalquivir, 4
28823 Coslada
916 73 23 3
Los Estatutos son las reglas fundamentales del funcionamiento de una Asociación y, pese a no poseer el carácter de norma jurídica, son vinculantes para los socios, pues se sometieron a ellos de forma voluntaria al ingresar en la Asociación. Dentro de los Estatutos podríamos distinguir entre los contenidos establecidos por los socios y los contenidos obligatorios. En este sentido, éstos últimos deberán ser, según se establece en el Artículo 7 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.
Así mismo, los Estatutos podrán ser desarrollados por un reglamento de régimen interno para regular todos aquellos aspectos del funcionamiento de la Asociación que no hayan quedado claros en aquellos.
Los estatutos deberán contener los siguientes aspectos:
-La denominación de la sociedad.-El domicilio social.
-El ámbito territorial dentro del cual la Cooperativa puede desarrollar actividades cooperativizadas.
-La actividad o las actividades empresariales a desarrollar.
-La duración de la sociedad.
-La responsabilidad de los/as socios/as por las deudas sociales.
-Los requisitos para la admisión como socio/a.
-La participación mínima obligatoria del socio/a en la actividad.
-Normas de disciplina social (faltas y sanciones).
-Forma y plazo para convocar la Asamblea General.
-El capital social mínimo.
-La aportación económica mínima obligatoria para ser socio/a.
Aproximadamente 300€

Pago Impuesto de Transmisiones Patrimoniales.

Consejería de Hacienda de la Comunidad Autónoma correspondiente.
El impuesto de transmisiones patrimoniales es un impuesto que grava la constitución, aumento de capital, fusión, transformación o disolución de una sociedad.
1000€

Inscripción en el Registro Mercantil.

Registro Mercantil.
La Sociedad Limitada debe presentarse a inscripción en el plazo de 2 meses desde el otorgamiento de la escritura de constitución por el notario.
120€

Solicitud CIF, Declaración Censal e Impuesto de Actividades Económicas.

Hacienda
El Código de Identificación Fiscal sirve para identificar a la sociedad a efectos fiscales.
Simultáneamente se puede realizar la Declaración Censal también en la Administración de Hacienda correspondiente al domicilio fiscal de la sociedad.
El trámite se debe realizar en un plazo de 30 días desde la Constitución de la Cooperativa, debiendo aportar la siguiente documentación:
- Impreso modelo 036 de declaración censal.
- Copia simple de la Escritura de constitución o en su defecto con la certificación de denominación social y con el compromiso de los fundadores de realizar la constitución.
- Fotocopia del DNI del solicitante si es un socio o fotocopia del poder notarial si es un apoderado.
0€

Alta en el Régimen de Autónomos y/o General de socios y trabajadores.

Tesorería general de la seguridad social correspondiente.
La obligación de cotizar nace desde el comienzo de la prestación del trabajo y no se interrumpe mientras dura la relación laboral entre el empresario y el trabajador. Incluso subsiste en las situaciones de incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia natural, disfrute de los periodos de descanso por maternidad y paternidad, o periodos de prueba del trabajador.
La obligación de cotizar termina al finalizar la prestación de trabajo, siempre que se presente el parte de baja del trabajador dentro de los 6 días naturales siguientes.
Si la baja del trabajador se presenta después de esos 6 días de plazo, la obligación de cotizar continúa hasta el día en que la Tesorería General de la Seguridad Social conozca el cese en el trabajo, salvo que los interesados prueben que dicho cese se produjo con anterioridad.
La base de cotización de trabajadores que tengan edad inferior a 47 años, será la elegida por ellos dentro de la bases mínimas (850,20 euros) y máximas(3.262,50 euros).
A dicha base se le aplicará el tipo de cotización del 29,8%.
( 0€)

Solicitud del libro de visitas.

Debe diligenciarse en la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social. En la actualidad puede sustituirse por el alta en el Libro de Visitas electrónico
El libro de Visita es obligatorio para todas las empresas y autónomos, aunque no tengan trabajadores a su cargo, y debe presentarse ante una posible Inspección de Trabajo.
3€

Licencia de actividades e instalaciones (apertura).

Junta Municipal de Distrito o Gerencia Municipal de Urbanismo. Ayuntamiento.
Para el inicio de actividad en un determinado local será necesaria la obtención de la correspondiente licencia urbanística municipal, aprobada por el Ayto. donde se ubique el establecimiento.
Esta solicitud deberá tramitarla el titular de la actividad antes de la apertura del establecimiento y su concesión supone que éste reúne todos los requisitos exigidos por la normativa sectorial de aplicación. Esta licencia urbanística puede incluir la autorización municipal para el ejercicio de la actividad, las obras, o ambas (actividades y obras).
0€

Licencia de obra.

Ayuntamiento.
La licencia de obras supone la autorización municipal para realizar las obras. Su fin es comprobar la adecuación de la solicitud de licencia a lo establecido en la normativa urbanística.
0€
Total tramites legales:1458,5923